Preguntas Frecuentes


En esta sección podrá conocer las preguntas más frecuentes realizadas por los usuarios. Si no encuentra una respuesta a su pregunta, contáctenos

 
 

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Federal de Seguridad Privada, es competencia de la Secretaría, por conducto de la Dirección General, autorizar los servicios de Seguridad Privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas y de acuerdo a las modalidades siguientes:

  1. Seguridad privada a personas
  2. Seguridad privada en los bienes
  3. Seguridad privada en el traslado de bienes o valores
  4. Servicios de alarmas y de monitoreo electrónico
  5. Seguridad de la información
  6. Sistemas de prevención y responsabilidades
  7. Actividad vinculada con servicios de seguridad privada

NO, una vez que se ha obtenido la opinión favorable por parte de la Dirección General de Seguridad Privada, esta debe presentarse ante la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) para tramitar la licencia particular colectiva (LOC), quien tiene la Facultad de otorgar o negar la licencia.

Todo prestador de servicios de seguridad privada deberá contar con autorización o revalidación otorgada por la Dirección General de Seguridad Privada y podrá solicitársele:

  • Constancia de Trámite en Revalidación, en caso de estar próximo su vencimiento.
  • El personal debe contar con Cédula de Identificación Personal.
  • Constancia de Personal.
  • Constancia de Personal.
  • Constancia de No Sanción.
  • Constancia de Hechos No Delictivos.

En este micro sitio en la sección de Regulación de empresas, podrá encontrarse información de utilidad como por ejemplo el listado de todos los prestadores de servicios que se cuentan con autorización vigente y de aquellos que se encuentran sancionados.

De acuerdo al ARTÍCULO 195-X FRACCION V de la Ley Federal de Derechos indica que "POR LA CONSULTA DE ANTECEDENTES POLICIALES EN EL REGISTRO NACIONAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA" se realizará el pago de $ 63.00 por elemento.
De acuerdo al ARTÍCULO 195-X FRACCION IV de la Ley Federal de Derechos indica que "POR LA INSCRIPCIÓN DE CADA ARMA DE FUEGO O EQUIPO " se realizará el pago de $ 65.00 por elemento.
El pago se puede realizar en cualquier sucursal bancaria o por medio del portal electrónico del banco.
La hoja de ayuda puede ser encontrada en la siguiente dirección e5cinco Hoja de Ayuda
El formato puede ser descargado desde la siguiente liga: Formato 21 Solicitud de Revalidación
o bien, por medio de la página: Tramites y Tarifas
La dirección de la Dirección General de Seguridad Privada es: Belén de las Flores No. 138, Col. Belén de las Flores C.P. 01110 Ciudad de México.
Se pone un mapa para una mejor localización en el sitio: Ubicación de la Dirección General
 

Última actualización 12 de diciembre de 2024